Si has instalado paneles solares, cambiado ventanas o has hecho reformas importantes y deseas solicitar una subvención, es obligatorio disponer de un Certificado de Eficiencia Energética «actualizado». Este documento es esencial para demostrar la mejora energética de la vivienda o edificio y para que la Administración apruebe la ayuda económica.
El certificado energético permite comparar el estado del inmueble antes y después de la reforma, por lo que su correcta elaboración es clave. De su precisión depende que la actuación sea considerada válida y que el expediente de subvención no sea rechazado.
Requisitos para que el certificado energético sea aceptado
Para que el Certificado de Eficiencia Energética sea válido en un proceso de subvención, deben cumplirse una serie de criterios técnicos fundamentales:
Medición real y modelado detallado
Cada inmueble debe modelarse de forma fiel, evitando estimaciones genéricas o el uso de plantillas. Es imprescindible reflejar espesores reales, materiales, orientación y características constructivas concretas.
Justificación clara de las mejoras realizadas
Las actuaciones deben quedar perfectamente reflejadas en el certificado:
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Mejora del aislamiento: nuevos espesores y valores de conductividad.
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Sustitución de sistemas térmicos: incorporación de aerotermia u otros equipos con sus parámetros reales.
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Instalación de placas solares: datos técnicos completos y coherentes.
Coherencia climática y geográfica
El certificado inicial y el posterior deben utilizar la misma zona climática y orientación, ya que el ahorro energético se calcula en base a estas condiciones.
Datos técnicos de las instalaciones solares
Los sistemas fotovoltaicos deben incluir información técnica contrastable y coherente con la instalación realizada.
Errores habituales que provocan el rechazo de la subvención
Muchos expedientes se deniegan por errores que pueden evitarse fácilmente. Los más frecuentes son:
- Falta de registro del certificado en la comunidad autónoma correspondiente.
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Incoherencias entre certificados, facturas y fotografías (fechas que no coinciden).
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Ausencia de facturas o pruebas visuales que acrediten las mejoras realizadas.
Cualquiera de estos errores puede invalidar el ahorro energético declarado y provocar la paralización del expediente.
Recomendación profesional
Siempre que sea posible, se recomienda que la actualización del Certificado de Eficiencia Energética inscrito la realice el mismo técnico que emitió el certificado inicial.
- Si existen diferencias relevantes entre ambos certificados —especialmente cuando el certificado inicial se realizó sin visitar la vivienda, práctica ilegal—, la Administración puede formular objeciones y suspender el expediente hasta que se aclaren las discrepancias, muchas veces imposibles de realizar.
- Tras realizar mejoras energéticas el cliente espera una calificación excelente, pero esto no es posible garantizar. En algunos casos, incluso habiendo ejecutado varias actuaciones, la reducción del consumo puede ser inferior a la esperada.
Por este motivo, no siempre se alcanzan los requisitos exigidos por la Administración, como:
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Una reducción igual o superior al 30 % del consumo de energía primaria no renovable respecto al certificado inicial.
- La obtención de una calificación energética A o B tras las obras.
¿Y si no puedes contactar con el técnico anterior?
Si no es posible localizar al técnico que emitió el certificado inicial, es necesario en primer lugar, solicitar un duplicado completo del expediente a la delegación por alguna de las vías que ofrece el art.16.4 de la ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas para posteriormente realizar su actualización con total rigor y profesionalidad. Es importante tener en cuenta que, una vez inscrito en el registro de la Junta, los certificados no puede anularse.
Quedo a tu disposición para cualquier aclaración.