Las leyes actuales obligan al propietario a inscribir su Certificado de Eficiencia Energética ante la Junta de Andalucía no solo para el alquiler o venta de su propiedad, también para su promoción. ( Real Decreto 235/2013). También es obligatorio para el caso de alquileres de uso vacacional. (Real Decreto 390/2021).
Las multas por incumplir las obligaciones de certificación energética empiezan con las que se consideran multas leves, entre 300€ y 600€, hasta las muy graves de 6.000€.
No vale la pena arriesgarse a una sanción, considerando que el Certificado tiene un largo periodo de validez y que se le exigirá en la notaría tener su Certificado inscrito.